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Recuerdos y reencuentros.

lunes, 4 de enero de 2016

EL AÑO JUBILAR DEL TEMPLO DE NTRA. SRA. DE LA GRANADA. 1ª PARTE.


INTRODUCCIÓN.
Para 2016  S. S. el Papa Franscisco ha concedido un Año Jubilar Mariano a la hoy Iglesia Parroquial y antes Iglesia Catedral/Prioral  de Ntra. Sra. de la Granada; como quiera que me encuentre realizando un trabajo para la conmemoración del “Anno Giubilare Eulaliano” dedidicado a Santa Eulalia de Mérida y concedido a  su templo en la población italiana de Sant´Eulalia di Borso del Grappa en la Diócesis de Padua, quiero compartir con mis paisanos llerenenses algunas notas definitorias de qué es un  “Año Jubilar” particular, específico o extraordinario como es también el del Templo de Ntra. Sra. de la Granada.

ANTECEDENTES HEBREOS DE LOS AÑOS JUBILARES CRISTIANOS.
LA SEMANA DE SIETE DÍAS.
El número 7 dentro la Teología hebraica es uno de los de mayor uso, importancia y trascendencia para determinar sus Ritos Litúrgicos; lógicamente, también para los cristianos; Yavé creó el mundo en seis dias y al séptimo día descansó según el Génesis, 1, 1- 31. En memoria de esta creencia se estableció entre ellos la Semana Vital o Laboral que ha tenido su continuidad entre los cristianos que cambiaron el sábado por el domingo al tener este por el día de la Resurrección de Cristo (Mateo 28).









EL AÑO SABÁTICO.



A una escala de tiempo un poco mayor había entre los hebreos otra Semana o Ciclo sabático intermedio, también de proclamación divina, cada siete años, pero que no tenía más finalidad que la de ser un año sabático para la actividad agrícola (por razones obvias este año sabático no podía incluir al ganado y a sus pastores). [i]





EL AÑO JUBILAR HEBREO.


El tercer Ciclo Sabático, basado en el número 7, era el Año Jubilar propiamente dicho, y es en el que se inspiran directamente nuestros años jubilares ya que su fin es el del Perdón, en nuestro caso, de las deudas para con Dios o  los Pecados personales.
Así, el Año Jubilar, tanto católico como ortodoxo,  tiene su origen en una de las celebraciones litúrgicas principales del pueblo hebreo bíblico que se celebraba cada ciclo finalizado de 49 años (Le. 25, 8):
Lev. 8.Contarás siete semanas de años, siete veces siete años; de modo que el tiempo de las siete semanas de años vendrá a sumar cuarenta y nueve años.

Sería establecido por Yavé en el Monte Sinaí antes de la ocupación de la Tierra Prometida (Lev. 25, 2); con plena seguridad, al parecer, se celebró hasta inmediatamente antes del Cautiverio de Babilonia.
Su denominación de “Jubileo” procede del vocablo “yobel” que significa  “carnero” ya que se anunciaba a través de los sonidos del cuerno de este animal.
Lev. 9. Entonces en el mes séptimo, el diez del mes, harás resonar clamor de trompetas; en el día de la Expiación haréis resonar el cuerno por toda vuestra tierra.

Pero en el Cristianismo, al hacerse la traducción al latín, San Jerónimo introdujo la consecuente noción de “júbilo” por homofonía entre la palabra semita y su correspondiente latina: “iubilum”, grito de alegría de los pastores; no obstante la noción de tiempo de remisión no ha perdido su valor ya que es su función fundamental al tiempo que proporcionar la alegría por el perdón y la reconciliación .
Este año Cincuenta o Año Santo o Jubilar era una Fiesta  de suma importancia y gran trascendencia social según el Levítico; era la Gran Semana de la Semana judía, de forma que era la semana normal elevada al cuadrado (7x7 días), es decir, un Ciclo Sagrado de mayor consideración que el Ciclo de la Semana de Siete Días, inspirada en el Ciclo de la Creación según el Génesis; de aquí que el año 50 pasaba a ser como el sábado de la semana normal, es decir, un año de descanso o “sabático” para las labores agrícolas.
Pero dada su excepcionalidad la dejación del trabajo agrícola se acompañaba de otras acciones muchos más trascendentes socialmente como la puesta de los siervos (esclavos) israelistas en libertad o la restitución de las posesiones que se habían comprado.
En realidad no habría que forzar la interpretación para comprender que lo que se pretendía era representar el estado de inocencia del Paraíso según los hebreos o de la Edad de Oro según los idólatras, los cuales han sido un poco más explícitos y referían la existencia exclusiva de la propiedad comunal, de la ausencia de actividad agrícola o de que la tierra proporcionaba suficientes alimentos,  etc.:
La gran hilera de los siglos empieza de nuevo. Ya vuelve también la virgen, el reino de Saturno vuelve. Ya se nos envía una nueva raza del alto cielo...  El suelo no sufrirá a los rastrillos, ni las viñas a las hoces; el forzudo labrador desuncirá entonces también los toros del yugo...”
Virgilio. Bucólicas.

Antes vivían sobre la tierra las tribus de los hombres sin males, y sin arduo trabajo y sin dolorosas enfermedades que dieran destrucción a los hombres...”
HESÍODO. Trabajos y Días.

Esta consideración de la propiedad a tiempo parcial, a ojos de hoy día, especialmente tras la imposición del concepto de la propiedad liberal-burgués a partir de la Revolución Francesa, sería algo desconcertante y poco comprensible; pero es que, entonces, la propiedad sólo lo era por tiempo definido y en préstamo ya que ésta, en los términos absolutos actuales, sólo le pertenecía a Yavé quien se proclamaba el verdadero propietario de la tierra y de su contenido, declarando, por ende, a los hombres, a todos los hombres de nación israelita -sin embargo-,  como sus temporales usufructuarios.[ii]
Ahora bien El Año Cincuenta o del Jubileo era un tiempo Santo que no sólo afectaba a la recuperación de la propiedad agraria; también a la libertad de los siervos de origen israelita, tal como ya hemos enunciado:
Lev. 10. Declararéis santo el año cincuenta, y proclamaréis en la tierra liberación para todos sus habitantes. Será para vosotros un jubileo; cada uno recobrará su propiedad, y cada cual regresará a su familia.
Es decir el Año del Jubileo tenía como fin la recuperación de la condición de hombre libre para quien había caído en alguna deuda.
Próximamente  veremos su correlato con el Jubileo Católico que se le ha concedido por S.S. el Papa Francisco a quienes visiten el templo o iglesia de Ntra. Sra. de la Granada en este Año Santo o Jubilar Mariano.







[i] Lev. 25, 3.Seis años sembrarás tu campo, seis años podarás tu viña y cosecharás sus productos;
4. pero el séptimo año será de completo descanso para la tierra, un sábado en honor de Yahveh: no sembrarás tu campo, ni podarás tu viña.
6. Aun en descanso, la tierra os alimentará a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu jornalero, a tu huésped. que residen junto a ti.
7.También a tus ganados y a los animales de tu tierra servirán de alimento todos sus productos.

[ii] Lev. 23. La tierra no puede venderse para siempre, porque la tierra es mía, ya que vosotros sois para mí como forasteros y huéspedes.
24. En todo terreno de vuestra propiedad concederéis derecho a rescatar la tierra.
25.Si se empobrece tu hermano y vende algo de su propiedad, su goel más cercano vendrá y rescatará lo vendido por su hermano.
26. Si alguno no tiene goel, adquiera por sí mismo recursos suficientes para su rescate;
27. calcule los años pasados desde la venta y devuelva al comprador la cantidad del tiempo que falta; así volverá a su propiedad.
28. Pero si no halla lo suficiente para recuperarla, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año jubilar, y en el jubileo quedará libre; y el vendedor volverá a su posesión.